Nuevos cambios fueron introducidos a la Ley Antiterrorista y tras el visado del Tribunal Constitucional, fue promulgada por el presidente Gabriel Boric el pasado martes.
Desde el Ejecutivo, prometen que la legislación aborda esta temática de una forma moderna, actualizada y aplicable.
Entre los cambios que introduce la norma, se establecen sanciones penales para quienes formen parte de una asociación terrorista, aunque no incurran en delitos.
Se establecen penas desde 5 y 1 día hasta 15 años, dependiendo del grado de participación dentro de la organización.
Quienes oficien de líderes, fundadores o financistas caerán bajo presido grado medio (10 años y 1 día a 15 años).
La Ley Antiterrorista define claramente los actos delictivos considerados como terrorismo, como la colocación o envío de artefactos explosivos o incendiarios o cometer atentados contra autoridades estatales con resultado mortal o lesiones graves gravísimas.
También se contemplan métodos de investigación especiales, tales como:
- Interceptación de comunicaciones
- Registro de equipos informáticos
- Captación subrepticia de imágenes o sonidos
- Agentes encubiertos, reveladores e informantes
- Entregas vigiladas
Además contempla estrategias de protección a jueces, fiscales y testigos.
La promulgación de esta nueva norma tiene como objetivo derogar su versión anterior, la cual fue creada durante la Dictadura Cívico Militar y actualizada durante el retorno de la Democracia.
No obstante, la norma no perdió su ilegitimidad de derecho en cuanto su origen.
La nueva Ley Antiterrorista aborda la ineficiencia en la obtención de condenas y formalizaciones ante hechos investigados y se coloca en línea con los estándares internacionales, tomando como referencia las legislaciones de España, Alemania y Estados Unidos (esto último siendo poco alentador, donde existen varios precedentes donde el acto se define terrorista según quien lo haga, siendo el último de éstos el Asalto al Capitolio en 2021).