Después de casi 5 largos años, llegó la hora de la formalización a los imputados por el bullado Papayagate, el caso de corrupción más grande del Gobierno Regional de Coquimbo.
Uno a uno fueron desfilando los ocho implicados por los delitos de fraude al Fisco y Delito Tributario, cuyos nombres volveremos a publicar:
- Lucía Pinto: "Periodista, ex Intendenta Regional de la Región de Coquimbo, por su intervención en calidad de autor en un delito de fraude al Fisco consumado previsto y sancionado en el art. 239 del Código Penal, cometido en La Serena, en el período comprendido entre diciembre de 2018 y agosto del 2020".
- José Cáceres: "Ingeniero comercial, ex Jefe de DIPLAD y ex Administrador del Gobierno Regional de Coquimbo, por su intervención en calidad de autor en un delito de fraude al Fisco consumado previsto y sancionado en el art. 239 del Código Penal y un delito de negociación incompatible previsto y sancionado en el art. 240 del mismo código, cometidos en La Serena en el período comprendido entre diciembre de 2018 y agosto del 2020".
- Pablo Bracchitta: "Ingeniero civil industrial, por su intervención en calidad de autor en un delito de fraude al Fisco consumado previsto y sancionado en el art. 239 del Código Penal, cometido en La Serena en el período comprendido entre diciembre de 2018 y agosto del 2020".
- Lorenzo Iduya: "Empresario, por su intervención en calidad de autor del delito tributario previsto y sancionado en el artículo 97 N° 4, inciso 1° del Código Tributario, cometido en La Serena en abril del 2021".
- Nicolás Bakulic: "Empresario, por su intervención en calidad de autor del delito tributario previsto y sancionado en el artículo 97 N° 4, inciso 1° del Código Tributario, cometido en La Serena en abril del 2021".
- Karim Daire: "Empresario, por su intervención en calidad de autordel delito tributario previsto y sancionado en el artículo 97 N° 4, inciso 1° del Código Tributario, cometido en La Serena en abril del 2021".
- Manuel Daire: "Empresario, por su intervención en calidad de autor del delito tributario previsto y sancionado en el artículo 97, N° 4, inciso 1° del Código Tributario, cometido en La Serena en abril del 2021".
- Gastón Iver Hudson: Abogado, asesor tributario, por la responsabilidad que le corresponde en calidad de cómplice del delito tributario previsto y sancionado en el artículo 97, N° 4, inciso 1° del Código Tributario, cometido en La Serena en abril del 2021.
Este martes 27 de mayo, muchas personas esperaban las publicaciones en los medios locales de papel.
Ya era inevitable que siguieran sus dudosas coberturas, como ya lo había hecho Diario El Día con Gastón Iver Hudson.
Vestidos para la ocasión, fuimos a donde nuestro dealer de confianza (el kiosquero de la esquina) a comprar nuestra dosis de periodismo regional y… voilá! Diario El Día como siempre no decepciona. Sorpresa fue para nosotros (bueno, no) que justo hoy, la versión física venía sin NINGUNA foto de portada, solamente letras.
Quizá somos mal pensados, se les acabó la tinta y no alcanzaron a comprar más.

Raudos fuimos a revisar la publicación del artículo en el sitio web y ahí sí tenían las imágenes. En las fotos, los mismos de siempre: Lucía Pinto, José Cáceres y Pablo Bracchitta.
Ellos serán los ofrecidos en sacrificio al dios Dolos para que la multitud iracunda se divierta con ellos y salvar al resto de los seis implicados, especialmente a Gastón Iver Hudson, muy cercano a los Puga y la Cidere. "¡Hey don Gastón, todo un señorón!". Es un nombre que no nos cansaremos de repetir.
Para ser justos, el periodista Óscar Rosales, sí hizo bien su trabajo y mostró a todas las personas involucradas en la noticia. Sin embargo, sabemos cómo funciona la elección de una portada: editores y dueños son los que finalmente deciden qué y cómo va allí.
Parece que el dicho "más vale tener amigos que dinero" es un axioma más que una teoría, especialmente en pueblos chicos infiernos grandes como las comunas de la Región de Coquimbo.
Esta nota describe un proceso judicial en curso. La información fue obtenida a través de fuentes periodísticas, sin embargo, no se debe considerar a las personas imputadas como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia.
Todo esto basado en el Artículo 4 del Código Procesal Penal.